Impuesto a las ganancias: ¿Cuál es el impacto de los convenios tributarios firmados con Luxemburgo y Japón?

21/10/19

Las compañías multinacionales deberían evaluar el impacto potencial de los dos nuevos convenios tributarios que el gobierno argentino firmó este año con Luxemburgo y Japón para evitar la doble tributación internacional”, según evaluaron los especialistas de Tax & Legal de PwC Argentina Ignacio Rodríguez y Juan Manuel Magadan.

“Es importante tener en cuenta las consecuencias que derivarían de la entrada en vigencia del convenio con Japón en otros firmados por Argentina, dado que las alícuotas reducidas en concepto de retenciones de impuesto a las ganancias sobre los pagos por prestación de servicios de asistencia técnica  - 10% o 15% en la mayoría de los convenios – podrían reducirse en algunos de ellos al 0%, debido a la aplicación de la cláusula de la nación más favorecida”, señaló Ignacio Rodríguez, socio de PwC Argentina a cargo de International Tax. En ese marco, agregó: los grupos multinacionales deberían monitorear la negociación de nuevos convenios, así como también el impacto del instrumento multilateral (MLI, por sus siglas en inglés) en los convenios bilaterales existentes”.

Convenio para evitar la doble imposición entre Argentina y Luxemburgo

En abril de 2019, los gobiernos de Argentina y Luxemburgo suscribieron un nuevo convenio para evitar la doble imposición, junto con un protocolo anexo, cuya ratificación aún está pendiente que, en gran medida, se ajusta al Modelo de Convenio post-BEPS de 2017 de la OCDE, y destaca la inclusión del Test de Propósito Principal como disposición general anti-abuso. El mismo introduce el beneficio sobre las retenciones de impuestos en el país de residencia en pagos de intereses, regalías y servicios de asistencia técnica y dividendos, entre otros.

Con respecto al impuesto a las ganancias de capital, el convenio podrá estipular una plena exención en el país en el caso de una transferencia indirecta de acciones argentinas (excepto para una entidad en nuestro país cuyo valor deriva mayormente de propiedad inmueble). En cuanto a la eliminación de la doble imposición, nuestro país adoptó el mecanismo de crédito, mientras que para Luxemburgo aplica el método progresivo para la exención.

Convenio para evitar la doble imposición entre Argentina y Japón

El 27 de junio de 2019, en la ciudad de Osaka, las autoridades de Argentina y Japón suscribieron el primer convenio para evitar la doble imposición entre ambos países. A los efectos de su entrada en vigor, aún se encuentran pendientes aprobaciones internas y el posterior intercambio de documentos correspondientes a su ratificación.

Al igual que el convenio con Luxemburgo, sigue el modelo de la OCDE (post-BEPS) y adopta el Test de Propósito Principal como disposición general anti-abuso. Al igual que otros convenios basados en el modelo de la OCDE, este convenio incluye la exención de las retenciones sobre dividendos, como así también sobre pagos de intereses y regalías.

En particular, la definición de regalía incluida en el tratado excluye pagos por prestación de servicios de asistencia técnica (lo que, en principio, estaría cubierto en las disposiciones del artículo sobre beneficios empresariales). “Esto podría ocasionar un impacto significativo en ciertos convenios existentes firmados entre Argentina y países miembro de la OCDE, ya que el tratamiento otorgado a los pagos por asistencia técnica en virtud del convenio con Japón (una vez que esté vigente) aplicará automáticamente a aquellos convenios en los que la cláusula de la nación más favorecida cubre la prestación de asistencia técnica”, manifestó Juan Manuel Magadán, director de Impuestos y Legales de PwC Argentina.

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