COVID-19. Novedades impositivas

Te seguimos actualizando sobre las últimas novedades en materia impositiva adoptadas por el Gobierno y demás autoridades nacionales en el marco de las acciones necesarias para paliar las consecuencias económicas, sanitarias y sociales que origina la propagación de la pandemia del COVID-19.

Prórroga del plazo para adherir a la moratoria de la Ley 27.541

A través del Decreto 316/2020 (B.O. 28/03/2020), el Poder Ejecutivo Nacional prorrogó hasta el 30 de junio próximo el plazo para que las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas y las entidades civiles sin fines de lucro puedan adherirse al régimen de regularización de obligaciones tributarias, de la seguridad social y aduaneras.

Por su parte, la autoridad fiscal dictó la Resolución General 4690/2020 (B.O. 01/04/2020) mediante la cual extendió hasta el 29/5/2020 inclusive, el plazo para acceder a mejores condiciones a los planes de facilidades de pago que se hubieran presentado hasta el 31/3/2020 (pago a cuenta más reducido y mayor cantidad de cuotas) disponiéndose, entre otras cuestiones, que la primera cuota del plan de pagos vencerá el día 16/7/2020.

Tasas de Intereses resarcitorios y punitorios. Valores aplicables a partir del 1 de abril

La Autoridad Fiscal publicó en su sitio web las tasas vigentes para el trimestre abril-junio, las cuales ascienden a 2,5% y 3,08% para intereses resarcitorios y punitorios, respectivamente (recordamos que las vigentes en el trimestre enero-marzo eran del 3,6% y 4,41%, respectivamente).

Cuando las obligaciones se encuentren expresadas en dólares o deban abonarse de acuerdo con el monto de categorías u otros conceptos similares vigentes a la fecha de su efectivo pago, las tasas de intereses resarcitorios y punitorios serán 0,83% y 1% mensual, respectivamente,

Facturación y registración

Mediante la Resolución General (AFIP) 4688/2020 (B.O. 30/03/2020), la autoridad fiscal prorrogó hasta el 1 de mayo próximo la aplicación de la Resolución General 4540/2020, la cual establece los requisitos que las notas de crédito y/o débito deberán cumplir en relación con los comprobantes emitidos por las operaciones originarias.

Bienes Personales. Nuevo plazo para la repatriación. Pago a cuenta

Mediante el Decreto 330/2020 (B.O. 01/04/2020) se extiende hasta el 30 de abril próximo el plazo para que las personas humanas y sucesiones indivisas residentes en el país realicen la repatriación de activos financieros situados en el exterior a los efectos de no abonar la tasa adicional del Impuesto sobre los Bienes Personales sobre la totalidad de los bienes que posean en el extranjero.

Por su parte, mediante la Resolución General 4691/2020 (B.O. 02/04/2020) la Administración Federal de Ingresos Públicos prorrogó hasta el 6 de mayo próximo el plazo para realizar el pago a cuenta adicional del Impuesto (establecido en la Resolución General 4673/2020) el cual alcanza a los contribuyentes que sean titulares de bienes en el exterior en el período 2018, en la medida que no realizaran la repatriación referida en el párrafo anterior.

Régimen Informativo de Transacciones Internacionales y Precios de Transferencia. Nueva prórroga

Mediante la Resolución General 4689/2020 (B.O. 31/03/2020) la Administración Federal de Ingresos Públicos dispuso la prórroga de los vencimientos del régimen informativo de transacciones internacionales y precios de transferencia correspondientes a los períodos fiscales cerrados entre el 31 de diciembre de 2018 y el 30 de setiembre de 2019. Al respecto, el organismo estableció que -con carácter de excepción- estas declaraciones deberán presentarse entre los días 18 y 22 de mayo de 2020, ambos inclusive.

Suspensión de Medidas Cautelares para PYMES

La Administración Federal de Ingresos Públicos, a través de la Resolución General 4684/2020 (B.O. 20/03/2020), extendió hasta el 30 de abril de 2020 de la suspensión de medidas cautelares a sujetos que registren la condición de Micro, Pequeñas y Medianas Empresas y aquellos que se encuentren caracterizados en el “Sistema Registral” como “Potencial Micro, Pequeña y Mediana Empresa - Tramo I y II.”

Cabe destacar que estas acciones ya se encontraban suspendidas desde el 14/08/2019 hasta el 31/03/2020.

Monotributistas. Suspensión de baja de oficio

Mediante la Resolución General 4687/2020 (B.O. 28/03/2020) la Administración Federal de Ingresos Públicos dispuso la suspensión hasta el 1 de abril de 2020, del procedimiento sistémico de exclusión de pleno derecho del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes, según lo dispuesto por Resolución General 4309/2020.

También se suspende transitoriamente el cómputo del período marzo de 2020 a los efectos la aplicación de la baja automática por mora prevista en el artículo 36 del Decreto 1/2010.

Feria fiscal administrativa

Como consecuencia de la extensión de la extensión del aislamiento social, preventivo y obligatorio dispuesto por el Decreto 325/2019 (B.O. 31/03/2020), la Administración Federal de Ingresos Públicos dispuso a través de la Resolución General 4692/2020 (B.O. 02/04/2020) la extensión del período de feria fiscal extraordinaria hasta el día 12 de abril de 2020, inclusive.

Medidas similares han dictado administraciones tributarias provinciales, de la Capital Federal y la Comisión Arbitral del Convenio Multilateral.

De igual forma, el Tribunal Fiscal de la Nación dispuso mediante Resolución General 17/2020 (B.O. 01/04/2020) prorrogar la feria fiscal por igual plazo que el Poder Ejecutivo Nacional disponga la prórroga del aislamiento, en los términos y los fundamentos que establezca.

Posteriormente, a través de la Resolución 19/2020 (07/04/2020) el Tribunal publica el Acta Acuerdo sobre el funcionamiento del Tribunal Fiscal de la Nación durante el “aislamiento social, preventivo y obligatorio”, disponiéndose una serie de medidas tendientes a la protección de la salud de sus empleados y funcionarios, como así también del público en general.

Feria judicial

Por último, mediante la Acordada 8/2020, la Corte Suprema de Justicia de la Nación dispuso extender la feria judicial extraordinaria establecida por Acordada 6/2020 respecto de todos los tribunales federales y nacionales y demás dependencias que integran el Poder Judicial, hasta el 12 de abril, inclusive.

Registro Único Tributario- Padrón Federal

La Comisión Arbitral del Convenio Multilateral, a través de la Resolución General (CA) 3/2020 prorrogó hasta el 1° de junio de 2020 la entrada en vigencia del Registro Único Tributario-Padrón Federal para los contribuyentes del impuesto sobre los ingresos brutos con jurisdicción sede en la provincia de Buenos Aires, Córdoba, Chaco, Chubut, La Rioja, Mendoza y Santa Fe.

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Silvia Villarino

Socia, PwC Argentina

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