Alternativas para el tratamiento y remuneración de la energía generada por el prosumidor
- Venta de energía generada: la energía generada es remunerada, bien a través de una tarifa regulada (feed-in-tariff), bien con un precio referenciado a un mercado. Hay esquemas en los que se aplica a toda la energía generada y otros en los que se aplica solo al excedente.
- Vertido de excedente: no se recibe ninguna retribución por los excedentes sobre el consumo, aunque estos sean vertidos a la red.
- Balance neto: se agrega toda la energía generada y se resta toda la consumida durante un periodo de tiempo (un mes, un semestre, un año). Si el saldo es positivo, puede remunerarse el excedente a un precio establecido.
Estructuras tarifarias para la contribución del prosumidor a los costos del sistema
- Cargo fijo, en función de la potencia instalada o contratada.
- Cargo variable, en función de la energía generada o consumida.
- Esquemas mixtos, con componente fijo y variable.
El matiz adicional en este caso está en la posible creación de un nuevo cargo que remunere el servicio de respaldo que el prosumidor está recibiendo del sistema, así como los servicios que tiene por mantenerse conectado: potencia de cortocircuito, estabilidad de frecuencia, estabilidad de voltaje y conectividad para exportar e importar.
Caso: el marco regulatorio de España
En octubre de 2015, el gobierno español aprobó la publicación del Real Decreto 900/2015, que regula el autoconsumo. Entre los aspectos económicos se destacan:
- Define dos categorías de autoconsumo. Desde la perspectiva del sistema solo existe un sujeto consumidor; y desde la perspectiva de los usuarios habrá dos sujetos: el consumidor y el productor.
- Los prosumidores que permanezcan conectados a la red continúan pagando por el acceso al sistema.
- Se definen un cargo fijo y un cargo transitorio que se aplica sobre la energía autoconsumida.
- Se establece una reducción del cargo transitorio para el autoconsumo en territorios no peninsulares.