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15/07/25
Decreto 449/2025 (B.O. 07/07/2025) Régimen de inversiones mineras. Modificación de la Ley 24.196. Se efectúan modificaciones en el régimen de inversiones mineras.
En tal sentido se establece que la autoridad de aplicación ya no deberá indicar en el certificado el detalle de las contribuciones tributarias y tasas aplicables a cada proyecto vigentes al momento de la presentación, debiendo consignar únicamente la fecha precisa de presentación del estudio de factibilidad, momento que deberá considerarse a los fines de la determinación de la carga tributaria total.
Además, los sujetos inscriptos en el régimen deberán acompañar, junto con la declaración jurada anual que detalla los trabajos e inversiones efectivamente realizados, un informe evaluador de un profesional técnico independiente.
Resolución General 5719/2025-ARCA (B.O. 07/07/2025) Contenedores de origen extranjero ingresados al territorio aduanero bajo el régimen de admisión temporal. Cómputo del plazo de permanencia. Resolución 869/93-ANA. Modificación.
Se modifica la Resolución 869/92-ANA en lo referente al cómputo del plazo de permanencia de contenedores de origen extranjero ingresados al territorio aduanero bajo el régimen de admisión temporal a partir del 25 de julio del corriente año. El plazo de la permanencia será de Cuatrocientos ochenta (480) días corridos improrrogables y se computará desde la fecha del libramiento del contenedor que fuere objeto de la importación temporaria.
Resolución General 5720/2025-ARCA (B.O. 07/07/2025) Impuesto PAIS. Devolución de pagos a cuenta. Procedimiento especial. Operaciones de importación.
La Resolución General 5720/2025 establece un procedimiento especial y optativo para la devolución de pagos a cuenta del Impuesto PAIS que no hayan podido ser computados por importadores que, durante la vigencia del tributo, cuando el importador hubiera sido beneficiario de algún tipo de reducción o suspensión de pago de dicho tributo.
En esa línea, el mecanismo en comentario comprende a aquellas compañías que hubieran estado enmarcadas en Acuerdo de Precios conforme el Decreto 433/2023, importaciones a Zona Franca con amparo del Certificado de Tipificación de ZF en los términos del Decreto 14/2024 y la reducción de alícuota de impuesto PAIS del 7,5% a partir del 30/08/2024.
Los interesados deberán registrar sus operaciones a través de un Registro creado a tal efecto, con la presentación complementaria de una declaración jurada entre el 8 de julio y el 22 de agosto de 2025, y renunciar a cualquier reclamo anterior de devolución o repetición a través del formulario 408/PD en el servicio de Presentaciones Digitales. El reintegro se aplicará exclusivamente a la cancelación de derechos de importación.
Si no hay inconsistencias, se generará automáticamente un crédito para cancelar derechos de importación en cuotas según el monto, con intereses incluidos.
Si el importe a devolver no supera los $4.000.000, se acreditará en una sola cuota a partir del 8 de septiembre de 2025; si lo excede, se pagará en cuotas mensuales dentro de los primeros cinco días hábiles de cada mes, incluyendo los intereses correspondientes.
Por otra parte, se dispone que el uso de este régimen implica la renuncia a reclamos administrativos o judiciales previos por el mismo concepto y, en caso de haberlos iniciado, el desistimiento formal correspondiente.
Vigencia: A partir de su publicación en el Boletín Oficial el día 7 de julio de 2025, siendo aplicable el procedimiento establecido a partir del 8 de julio de 2025, inclusive.
Resolución General 5721/2025-ARCA (B.O. 08/07/2025) Régimen de cargas de exportación en planta. Resolución General 2977/2010-AFIP, su derogación.
Mediante la Resolución General 5721/2025, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) sustituye el régimen anterior de cargas de exportación en planta establecido mediante Resolución General 2977/2010, por un nuevo procedimiento más ágil y simplificado.
En este sentido, en los Anexos I y II de la norma en comentario, se establecen los nuevos requisitos y procedimientos del régimen.
Se señala que el incumplimiento de las disposiciones establecidas en esta norma hará pasible al exportador de la suspensión o inhabilitación para operar en el presente régimen, sin perjuicio de las sanciones dispuestas por el Código Aduanero que pudieran corresponder.
La medida de referencia entra en vigor el 8 de julio de 2025 pero, será de aplicación conforme el cronograma que será publicado en el micrositio “Régimen de Carga de Exportación en Planta” del sitio “web” de ARCA.
Resolución General 5722/2025-ARCA (B.O. 08/07/2025) Garantías otorgadas en resguardo del cumplimiento de obligaciones fiscales. Modificación de la Resolución General 3885/2019-AFIP.
Se modifica la Resolución General 3885/2019-AFIP, modificando el Anexo donde se detallan los montos de solvencia y garantía exigibles a los auxiliares del comercio y del servicio aduanero, así como a los prestadores de servicios de recaudación, adecuando la modalidad de cálculo para las garantías que deben constituir los permisionarios de los depósitos fiscales.
Vencimiento de Presentación: 23 de junio de 2025
Vencimiento de Pago: 24 de junio de 2025
Resolución General 5702/2025-ARCA (B.O 29/05/2025) Impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales. Período fiscal 2024. Plazo especial para la presentación de las declaraciones juradas y el pago del saldo resultante.
Se establece que las obligaciones de presentación de las declaraciones juradas y, en su caso, de pago del saldo resultante de los Impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales correspondientes al período fiscal 2024, de las personas humanas y sucesiones indivisas comprendidas en las Resoluciones Generales Nros. 5.692 y 2.151, sus modificatorias y complementarias, podrán cumplirse excepcionalmente -en sustitución de lo previsto en la Resolución General 4.172, sus modificatorias y complementarias- hasta las fechas que se indican a continuación:
Vencimiento de Presentación Vencimiento de Pago
23 de junio de 2025 24 de junio de 2025
Vigencia: A partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.
Disposición 215/2025-DNRyRT (B.O 29/05/2025) Homologación de Acuerdo.
Se declara homologado el Acuerdo celebrado entre el Sindicato De Personal Jerárquico Y Profesional Del Petróleo Y Gas Privado De Neuquén, Rio Negro Y La Pampa, Por La Parte Sindical, Y La Cámara De Exploración Y Producción De Hidrocarburos Y La Cámara De Empresas De Operaciones Petroleras Especiales, por la parte empresaria, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva 14.250 (t.o 2004).
Disposición 230/2025-DNRyRT (B.O 29/05/2025) Homologación de Acuerdo.
Se declara homologado el Acuerdo celebrado entre la Federación Sindicatos Unidos Petroleros E Hidrocarburiferos (SUPEH), por la parte sindical, y la Cámara De Empresas Petro Energéticas De La República Argentina (CEPERA), por la parte empleadora, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva 14.250 (t.o 2004).
Disposición 263/2025-DNRyRT (B.O 29/05/2025) Homologación de Acuerdo.
Se declara homologado el Acuerdo celebrado entre el Sindicato Obreros Y Empleados De Estaciones De Servicio Y Gnc, Garages, Playas De Estacionamientos Y Lavaderos (Soesgype) Y La Federación De Obreros Y Empleados De Estaciones De Servicio, Garages Playas De Estacionamientos Lavaderos Y Gomerías De La República Argentina, Por La Parte Sindical Y La Cámara De Expendenderos De Gas Natural Comprimido (Cegenece), conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva 14.250 (t.o 2004).
Resolución 237/2025-ANSES (B.O 30/05/2025) Montos Mínimos y Máximos Previsionales.
Se establece:
Decreto 367/2024 (B.O 30/05/2025) Bono Extraordinario Previsional.
Se establece un Bono Extraordinario Previsional por un monto máximo de $70.000, que se abonará en el mes de junio de 2025.
El bono extraordinario será liquidado por titular a:
Resolución 238/2025-ANSES (B.O 30/05/2025) Aumento en Asignaciones Familiares.
Se establece el incremento de los límites y rangos de ingresos del grupo familiar y de los montos de las asignaciones familiares previstas en la Ley 24.714, sus normas complementarias y modificatorias, con excepción de la establecida en el inciso e) del artículo 6° de la misma, será 2,78%, que se aplicará sobre los límites, rangos y montos establecidos en los Anexos que se adjuntan.
La percepción de un ingreso superior $2.244.68 por parte de una de las personas integrantes del grupo familiar referido en el artículo 1° del Decreto 1667/2012, excluye a dicho grupo del cobro de las asignaciones familiares, aun cuando la suma de sus ingresos no supere el límite máximo de ingresos establecido en los Anexos que forman parte de la norma en comentario.
Resolución General 5704/2025-ARCA (B.O 30/05/2025) Impuesto a las Ganancias. Opción para utilizar la modalidad simplificada de declaración jurada del gravamen.
Se establece que las personas humanas y sucesiones indivisas residentes en el país, que sean contribuyentes o responsables del Impuesto a las Ganancias, podrán optar por la modalidad simplificada prevista en el artículo 3° del Decreto 353 del 22 de mayo de 2025 mediante el procedimiento de adhesión que se establece por la presente.
Dicha modalidad se implementará sobre la base de la información obrante en el Organismo y la suministrada por los contribuyentes, responsables y/o terceros.
Aquellos que opten y presenten la declaración jurada por la modalidad simplificada quedarán exceptuados de cumplir con la obligación de informar su patrimonio, prevista en los párrafos segundo y tercero del artículo 3° del Anexo del Decreto Reglamentario 862 del 6 de diciembre de 2019 y sus modificaciones.
Ejercicio de la opción
A fin de ejercer la opción para el período fiscal 2025, el contribuyente o responsable deberá acceder al servicio “Sistema Registral/Ganancias PH Simplificada” disponible en el sitio “web” de este Organismo (https://www.arca.gob.ar), a partir del día 1 de junio de 2025 y hasta el día anterior al primer vencimiento general de la presentación de la declaración jurada del referido período fiscal.
Al momento de ejercer la opción la Agencia de Recaudación y Control Aduanero verificará que los contribuyentes:
Desistimiento de la opción
Los contribuyentes y responsables que hubieran ejercido la opción para el ejercicio fiscal 2025 podrán desistir de dicha solicitud en cualquier momento, antes de la presentación de la declaración jurada, ingresando al servicio “Sistema Registral/Ganancias PH Simplificada” disponible en el sitio “web” de este Organismo (https://www.arca.gob.ar).
Vigencia: A partir del día de su dictado y resultarán de aplicación para las declaraciones juradas del impuesto a las ganancias correspondientes al período fiscal 2025.
Disposición 232/2025-DNRyRT (B.O 30/05/2025) Homologación de Acuerdo.
Se declara homologado el Acuerdo celebrado entre la Federación De Asociaciones Trabajadores De La Sanidad Argentina, por la parte sindical, y la Cámara Industrial De Laboratorios Farmacéuticos Argentinos (CILFA), la Cámara Argentina De Especialidades Medicinales (CAEME), la Cámara Empresaria De Laboratorios Farmacéuticos (COOPERALA) y la Cámara Argentina De La Industria De Productos Veterinarios (CAPROVE), por la parte empresaria, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva 14.250 (t.o 2004).
Disposición 231/2025-DTRT (B.O 30/05/2025) Importe promedio de las remuneraciones.
Se fija el importe promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio, según los términos del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, derivado del acuerdo celebrado por la Federación Argentina De Trabajadores De Aguas Gaseosas Y Afines (F.A.T.A.G.A.) Y La Cámara Argentina De La Industria De Bebidas Sin Alcohol.
PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Decreto 1568/2025 (B.O. 08/07/2025) Declaración de Emergencia. Decreto 316/2025. Prórroga.
Se extiende por 30 días más, la declaración de emergencia de los partidos de Bahía Blanca, Coronel Rosales, Villarino, Puán, Coronel Suarez, Adolfo Alsina y Guaminí, así como aquellos distritos afectados fenómenos meteorológicos excepcionales.
PROVINCIA DE CORRIENTES
Decreto 1313/2025 (B.O. 07/07/2025) Feria Administrativa.
Se declara feria administrativa para todas las reparticiones de la Administración Pública provincial (Administración central y organismos descentralizados y/o autárquicos), que será otorgado en uno de los siguientes períodos: 1) desde el 14 al 18 de julio de 2025 y 2) desde el 21 al 25 de julio de 2025.
PROVINCIA DE JUJUY
Resolución General 1716/2025-DPR (B.O. 04/07/2025) Impuesto sobre los Ingresos Brutos. Anticipos mensuales. Entidades de seguros y reaseguros. Resolución General 1368/2014. Modificación.
Se establece un nuevo procedimiento para la determinación de los anticipos mensuales para las entidades de seguros y reaseguros.
Vigencia: 4 de Julio de 2025
Resolución General 1717/2025-DPR (B.O. 04/07/2025) Impuesto sobre los Ingresos Brutos. Sistema de Recaudación sobre Tarjetas de Crédito y Compra “SIRTAC”. Modificación de la Resolución General 1579/2020.
Se establece que los importes recaudados en moneda extranjera deberán ser ingresados en pesos, utilizando la cotización del tipo de cambio vendedor vigente al cierre de las operaciones del día hábil anterior a la recaudación, fijado por el BCRA.
PROVINCIA DE SALTA
Resolución General 11/2025-DGR (B.O. 11/07/2025) Feria Administrativa.
Se establece entre el 14/7/2025 y el 18/7/2025, ambas fechas inclusive, la feria administrativa de invierno para el período fiscal 2025, durante la cual no se computarán, respecto de los plazos procedimentales, los días hábiles administrativos antes mencionados, en el ámbito de la Dirección General de Rentas.
PROVINCIA DE SAN JUAN
Resolución 213/2025-SHF (B.O. 30/06/2025) Bono por Crédito Fiscal. Nuevo empleo industrial registrado. Decreto 349/2025.
Se fija en $3.000.000 anuales el monto del Bono por Crédito Fiscal por cada nuevo empleo industrial registrado en el 2025 por parte de las Empresas Industriales, beneficiarias del “Certificado de Mano de Obra Formal Industrial” (CEMOFl).
Resolución 1037/2025-SHF (B.O. 04/07/2025) Planes de facilidades de pago. Tasa de interés.
Se fija la tasa de interés por financiación de los planes de facilidades de pago de obligaciones fiscales.
Vigencia: 1 de julio de 2025
Resolución 803/2025-DGR (B.O. 08/07/2025) Impuesto sobre los. Ingresos Brutos y Adicional del Lote Hogar. Regímenes de retención y percepción. Empresas beneficiarias del Certificado de Mano de Obra Formal Industrial.
Se exceptúa de los regímenes de retención y percepción regidos por las resoluciones 1460/2002, 925/2010 y 1197/2004 a las empresas beneficiarios del Certificado de Mano de Obra Formal Industrial (CEMOFI) establecido por decreto 349/2025.
PROVINCIA DE SAN LUIS
Resolución General 20/2025-DPIP (B.O. 04/07/2025) Tipo de cambio para el pago de los tributos. Base imponible este expresada en moneda extranjera.
Se fijan los valores de cotización diaria para el pago de tributos en la Provincia de San Luis cuando la base imponible esté expresada en moneda extranjera para el mes de junio de 2025.
Resolución General 21/2025-DPIP (B.O. 08/07/2025) Impuesto sobre los Ingresos Brutos. Régimen General de Recaudación Bancaria. Sujetos obligados.
Se modifica la Resolución General 38/2020-DPIP, actualizando los sujetos obligados a actuar como Agentes de Recaudación del Régimen General de Recaudación Bancaria del Impuesto sobre los Ingresos Brutos en la provincia de San Luis.
PROVINCIA DE SANTA FE
Decreto 1434/2025 (B.O. 07/07/2025) Impuesto Inmobiliario Rural. Incremento Adicional.
Se establece que el incremento adicional del Impuesto Inmobiliario Rural se realizará de acuerdo a las disposiciones del artículo 1° de la Ley 14.386, aplicándose a dichos efectos el Índice de Productos Agropecuarios correspondiente al Índice de Precios Internos al por Mayor (IPIM) del Sistema de Índice de Precios Mayoristas (SIPM) que publica el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INDEC), el cual asciende a 13,51% (trece con cincuenta y uno por ciento).
PROVINCIA DE SANTIAGO DEL ESTERO
Decreto 1227/2025 (B.O. 08/07/2025) Impuesto sobre los Ingresos Brutos. Actividades Agropecuarias Primarias. Suspensión del pago.
Se suspende la obligación de pago para las actividades agropecuarias primarias en la provincia de Santiago del Estero, desde el 1 de julio de 2025 hasta el 31 de diciembre de 2025.
PROVINCIA DE TUCUMAN
Decreto 1410/2025 (B.O. 04/07/2025) Fabricación de papel y cartón. Alícuota diferencia. Prórroga.
Se prorroga la aplicación de la alícuota diferencial del 0% para la actividad de “Fabricación de papel y cartón”, hasta el 30 de septiembre de 2025.
Decreto 1804/2025 (B.O. 08/07/2025) Feria Fiscal de Invierno.
Se establece que, en el ámbito de la Dirección General de Rentas, no se computarán respecto de los plazos procedimentales los días hábiles administrativos comprendidos entre el 7 y el 21 de Julio de 2025, ambas fechas inclusive.
Decreto 1752/2025 (B.O. 08/07/2025) Régimen de Regularización de Deudas Fiscales. Decreto 1243/2021. Prórroga.
Se prorroga, hasta el 31 de julio de 2025, el Régimen de Regularización de Deudas Fiscales establecido por decreto 1243/2021.
Resolución General 39/2025-DGR (B.O. 10/07/2025) Régimen de Regularización de Deudas Fiscales. Aplicativo.
Se aprueba la versión 47.0 del programa aplicativo denominado “Régimen de Regularización de Deudas Fiscales - Decreto 1243/2021”.
PROVINCIA DE SANTA FE
Resolución General 33/2025-API. Impuesto sobre los Ingresos. Prestadores asistenciales del IAPOS. Reglamentación de la deducción establecida por la Ley 14.386 para el período fiscal 2025.
Se establecen los procedimientos, requisitos y demás condiciones que deberán cumplir los sujetos que presten servicios asistenciales y/o de salud a los afiliados al Instituto Autárquico Provincial de Obra Social (IAPOS), a fin de acceder a la deducción de la base imponible del Impuesto sobre los Ingresos Brutos.